Resumen
IMPORTANTE. Plazo prorrogado hasta el 28 de marzo de 2025 tras la última actualización del borrador de convocatoria con fecha de 12 de marzo de 2025.
Antecedentes
El Programa Plurirregional de España FEDER 2021-2027 recoge por primera vez el objetivo específico RSO5.2. “Promover un desarrollo social, económico y medioambiental integrado e inclusivo, la cultura y el patrimonio natural, el turismo sostenible y la seguridad, en las zonas no urbanas” y le asigna una senda financiera de ayuda FEDER total de 29 millones de euros en el periodo de programación.
De conformidad con lo señalado por el citado Programa Plurirregional de España FEDER 2021-2027, los proyectos piloto previstos tendrán carácter supramunicipal y se desarrollarán en las regiones menos desarrolladas y en Castilla y León, región en transición con problemas graves de despoblación.
Por lo tanto, de conformidad con lo dispuesto, únicamente resultan elegibles aquellos proyectos que se desarrollen en el territorio de las siguientes comunidades autónomas, con las cuantías y porcentajes de cofinanciación señalados a continuación:
- Andalucía
- Senda financiera: 8 millones de euros
- Cofinanciación al 85% (regiones menos desarrolladas)
- Extremadura
- Senda financiera: 8 millones de euros
- Cofinanciación al 85% (regiones menos desarrolladas)
- Castilla-La Mancha
- Senda financiera: 8 millones de euros
- Cofinanciación al 85% (regiones menos desarrolladas)
- Castilla y León
- Senda financiera: 5 millones de euros
- Cofinanciación al 60% (regiones en transición)
Tipología de proyectos
Los proyectos que se financien con cargo a este objetivo deben reunir las siguientes condiciones:
- Ser promovidos por entidades locales con carácter supramunicipal. Las propuestas deberán ser presentadas por diputaciones provinciales.
- Profundizar en la generación de vínculos y conexiones urbano-rurales con el fin de promover la cohesión territorial y fortalecer los beneficios mutuos de dicha interrelación.
- Estar enmarcados en una Estrategia territorial integrada previamente definida en dicho territorio.
- Tener preferentemente carácter piloto o experimental.
- Las actuaciones deberán dirigirse a áreas funcionales de carácter rural que se incluyan dentro de los rangos descritos a continuación:
- Áreas Funcionales con población por debajo de los 10.000 habitantes.
- Áreas Funcionales, con población por encima de los 10.000 habitantes integradas por municipios de menos de 5.000 habitantes.
- Estar integrados en el Objetivo Especifico 5.2 Fomentar el desarrollo local, social, económico y medioambiental integrado e integrador, la cultura, el patrimonio natural, el turismo sostenible y la seguridad, en zonas distintas de las urbana, contribuyan dado su carácter transversal al logro de los restantes objetivos específicos previstos en el Programa Pluriregional FEDER y promuevan la generación de sinergias y complementariedades entre diversas acciones de carácter sectorial.
Trámite de consulta pública
La documentación sometida a consulta pública, la cual se presenta en forma de borrador preliminar susceptible de sufrir modificaciones, es la siguiente:
Borrador de convocatoria y solicitud de cofinanciación mediante FEDER 2021-2027 de operaciones desarrolladas por beneficiarios con cargo al Objetivo Específico 5.2. del Programa Plurirregional de España FEDER 2021-2027.
Plazo de remisión
Plazo para presentar documentación desde el lunes, 03 de marzo de 2025 hasta el viernes, 28 de marzo de 2025
Presentación de alegaciones
Las alegaciones podrán remitirse a la dirección de correo: bzn-rdparticipacion@miteco.es
Deberán indicar las siguientes cuestiones:
- Asunto: " Borrador de convocatoria y solicitud de cofinanciación mediante FEDER 2021-2027 ".
- Nombre y apellidos / denominación o razón social del participante
- DNI / CIF
- Diputación provincial o entidad representada
- Contacto (correo electrónico)
Sólo serán consideradas las respuestas en las que el remitente esté plenamente identificado (nombre completo junto al DNI o CIF en función de la personalidad física o jurídica).
Con carácter general las respuestas se considerarán no confidenciales y de libre difusión. Las partes que se consideren confidenciales deberán ser específicamente señaladas y delimitadas en los comentarios, motivando las razones de dicha calificación.